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| Cátedra Villarreal Posgrado | Lima, Perú | V. 1 | N. 1 | enero - junio | 2022 |
Introducción
A pesar de la existencia de leyes, reglamentos
y de las estipulaciones aprobadas en el pleito de clase de
Vélez vs. Aponte (2002), iniciado hace más de 30 años,
las circunstancias, aunque diferentes, siguen reejando
la incapacidad de las instituciones gubernamentales
para atender adecuadamente la creciente demanda
de servicios de la población de niños, niñas y jóvenes
con necesidades especiales. Incluso considerando la
ardua tarea de organizaciones de base comunitaria,
asociaciones de madres y padres de niños, niñas y
jóvenes con necesidades especiales continúa la inmensa
necesidad de capacitar a los directores(as), maestros(as),
personal de apoyo, madres, padres y estudiantes en
todas las áreas relacionadas a la educación especial. El
desconocimiento, conocimiento limitado o inapropiado,
junto a los juicios, prejuicios y preconcepciones
relacionadas a estas condiciones de salud provocan que,
en muchas ocasiones, se tomen decisiones inapropiadas
y se etiquete a estas personas como: “incorregibles”,
“indisciplinadas”, “casos perdidos”, “malcriadas”,
“changuerías”, “incapaces”, entre tantas otras (Cámara
de Representantes de Puerto Rico, P. de la C. 4186,
2008, p.1). De esta forma se estigmatiza a seres humanos
cuyas capacidades son, sencillamente, diferentes a las
de los demás, y con ello, los obligamos a vivir con
una carga tres veces más pesada de la que una persona
sin impedimentos debe sobrellevar. Primero, por
desenvolverse en una sociedad que no ha sido diseñada
ni estructural ni psicológicamente para lidiar con la
diferencia que es el origen mismo del impedimento.
Segundo, por tener que lidiar con los prejuicios y las
preconcepciones que la gente comparte acerca de las
“discapacidades” que un impedimento representa para el
diario vivir en el imaginario social. Tercero, resistiéndose
a vivir en los márgenes que las mismas instituciones,
que están muy lejos de ser inclusivas, fomentan por
la tendencia de nuestras sociedades individualistas a
marginar a quienes no responden a las exigencias de su
sobreproducción e hiperconsumo.
La provisión de servicios para la población con
diversidad funcional en Puerto Rico está amparada en las
disposiciones de la Ley Núm. 51 del 7 de junio de 1996
conocida como Ley de Servicios Educativos Integrales
para Personas con Impedimentos, al igual que el
estatuto federal Individuals with Disabilities Education
Act (IDEA), reautorizada el 3 de diciembre de 2004 y
conocida como Individuals with Disabilities Education
Improvement Act (Departamento de Educación de los
Estados Unidos, 2004). La entidad gubernamental
responsable de impartir la educación primaria y
secundaria de carácter público es el Departamento de
Educación de Puerto Rico (DEPR). Su responsabilidad
principal va dirigida a niños, niñas y jóvenes entre las
edades de 5 a 21 años. Esta agencia provee servicios
de Educación Especial a niños, niñas y jóvenes con
necesidades especiales, como lo requiere la ley (DEPR,
2005). El DEPR tiene una matrícula escolar en corriente
regular de unos 292,518 estudiantes y unos 103,318
estudiantes forman parte del Programa de Educación
Especial (PEE) justo antes de declarase la pandemia
(DEPR, 2020). El PEE está dirigido por la Secretaría
Asociada de Educación Especial (SAEE) en el DEPR
el cual ofrece servicios educativos y relacionados a
estudiantes con necesidades especiales conforme a
las legislaciones federales y estatales (35% de los
estudiantes tienen algún impedimento identicado).
Por otro lado, cabe destacar que más de
15,000 jóvenes están propensos al fracaso escolar, o a
la exclusión escolar (mal llamada deserción), cada año.
Mientras que los estudiantes del PEE tienen la tasa más
alta de exclusión anual comparada con los estudiantes
de educación regular (DEPR, 2020). Son muchos los
factores que afectan la exclusión escolar en Puerto
Rico, incluyendo el desfase, e incluso el conicto,
entre la institución escolar y las condiciones sociales, el
historial y desarrollo personal de las personas jóvenes,
conictos con los maestros y maestras, la falta de apoyo
por parte del personal escolar, dicultades académicas,
ausentismo, cortes de clases, poca pertinencia de las
clases con sus intereses, rezago escolar, suspensiones
escolares, problemas de disciplina, la paternidad o
maternidad y ciertos patrones de crianza, la necesidad
económica, escoger modelos equivocados y problemas
con la justicia (Disdier-Flores, 2018; Rosado, 2014;
Torres, Acevedo y Gallo, 2015). Por ende, el impacto
social negativo de ser excluido de la escuela, la
violencia, el desempleo, la crisis de salud mental y el
desarrollo económico de nuestra Isla son las situaciones
más urgentes para atender, Informe Desarrollo Humano
(2016). Esto se puede encarar con iniciativas enfocadas
en el refortalecimiento, la intervención temprana, la
capacitación continua, actualizada y de excelencia, el
liderazgo colaborativo, comunidades de aprendizaje y
la participación de madres, padres y estudiantes (Senge,
2000; Ross, 2009; Walden, 2010; Vázquez, 2004).
Para poder crear un enfoque sistémico se
hace indispensable capacitar a los directores(as),
maestros(as), personal de apoyo, madres, padres y
estudiantes para detectar tempranamente y canalizar
adecuadamente estas condiciones. Comprender las
causas que provocan, o agravan, su manifestación y
las técnicas o estrategias innovadoras que se pueden
poner en práctica para integrar efectivamente a estos
estudiantes evitaría su estigmatización y aislamiento.
Al mismo tiempo, maximizamos el aprovechamiento
académico a través de distintas técnicas de aprendizaje
y el desarrollo de comunidades de aprendizaje entre la
dirección escolar, la facultad, personal de apoyo, madres,
padres, estudiantes y profesionales de la salud mental
y física que se involucran con esta población. De igual
manera, evitamos que el sistema escolar contribuya al