Terry caLderón vícTor manueL, candeLa díaZ José, maTienZo adrianZen eLva
Introducción
Desde 1957, la pesca extractiva y su pro-
cesamiento para producir harina y aceite de
pescado inicia una expansión asombrosa. En
1963, fue posible una captura masiva y técnica
de la anchoveta (Engraulis ringens J.) y de una
producción de 64 500 toneladas que se incre-
menta a 2 millones en 1969 y a la cifra de 12,3
millones en 1970, colocando al Perú como
primer productor de esa materia en el mundo.
Pero a la par de la sólida columna de ingresos y
provecho, irrumpió también un impacto al
medio ambiente, lo que provocó una fuerte
contaminación marina con sus efluentes, con-
taminación atmosférica con las emanaciones
gaseosas y la concentración desordenada de la
población, con sus problemas de salud públi-ca,
urbanización, servicios, conllevando ries-gos no
solo directos para los servidores de la industria,
sino, por extensión a la comunidad.
En el proceso de elaboración de harina y
aceite de pescado, el agua de mar es empleada
para el transporte del pescado desde la embar-
cación a la planta, en una relación de 1:1 (agua
de mar y pescado) luego esta retorna al mar bajo
el nombre de agua de bombeo que es un efluente
generado en la recepción del pescado en la
planta de harina. (Landeo & Ruiz, 1992). Esta
agua de bombeo presenta una variedad de
sustancias orgánicas denominadas solubles e
insolubles, como son los glóbulos grasos, pro-
teínas, escamas, aminoácidos libres, péptidos,
etc. Los elementos constituyentes del pesca-do
forman grupos versátiles de biopolimeros
complejos con propiedades físico - química y
biológicas únicas.
Si consideramos que en el Perú es la segunda
actividad que aporta contaminantes orgánicos al
medio marino en gran volumen, siendo la pri-
mera las descargas domésticas de las ciudades
costeras, existe una preocupación por parte de
las empresas en el tratamiento primario de sus
residuales. (Hinojosa y Barrera 1998). Teniendo
en cuenta que se emplea una relación de 2 m3
agua de mar por 1 tonelada de pescado y que se
desembarcan cerca de 10 millones de tone-
ladas del recurso como promedio y por lo tanto
se está utilizando 20 millones de m3 de agua de
mar como fluido de transporte, el cual tiene una
composición porcentual promedio: sólido 4,3%,
grasa 1,04% y agua 94,6% por lo que no es so-
metida a tratamiento de recuperación físico y/o
químico, por cada tonelada de materia prima
descargada en poza, se estaría arrojando al mar
contaminándolo 26,392 Kg de sólido orgánico y
23,163 Kg de grasa (Grados, 1996).
Estas sustancias biodegradables son res-
ponsables de la contaminación del ambiente
marino que fue preocupación de los Organis-
mos Internacionales. En el Perú, el Ministerio
de Pesquería en concordancia con el Código
del Medio Ambiente contempla la protección
y conservación del mismo. Con las declara-
ciones de Santiago, la Convención del Mar,
así como la Comisión Permanente del
Pacífico Sur se observa los aspectos de interés
de los principales rectores del medio, asumida
por los países y empresas.
La Ley General de Pesca en el artículo Nº 6
menciona la adopción de medidas necesarias
para prevenir, reducir y controlar los daños o
riesgos de contaminación o deterioro en el
ambiente marino, terrestre y atmosférico. Con
fecha 16 de diciembre de 1994 mediante Reso-
lución Ministerial Nº 478 - 94 -PE, el Minis-
terio de Pesquería fijó los límites permisibles
para estos efluentes y con fecha 05 de abril de
1996 mediante Resolución Ministerial Nº 208 -
96 - PE, los dejó sin efecto, en tanto el IMARPE
precise los límites permisibles por áreas
geográficas, así como se superen las con-
diciones actuales que dificulta el tratamiento del
efluente agua de bombeo, hasta la fecha, los
nuevos límites permisibles no han sido
promulgados (Martínez & Aldave, 1998).
En 1995, se inició el Estudio de Impacto
Ambiental en el cual se exige que las empresas
pesqueras se adecúen al Programa de Adecua-
ción al Medio Ambiente (P.A.M.A). Las Em-
presas Pesqueras implementan sus medidas de
mitigación con la adquisición de Tecnología de
Punta para el tratamiento de sus efluentes
76 | cáTedra viLLarreaL | v. 6 | no. 1 | enero -Junio | 2018 |